La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó un fallo que permitirá embargar hasta el 10% del saldo de las Afores para cubrir pensiones alimenticias, incluso si el deudor no cuenta con empleo formal. La decisión aplica a las subcuentas de retiro, cesantía y vejez, y busca garantizar el derecho de los menores a recibir manutención, aun cuando los padres aleguen falta de ingresos.
El fallo rompe con la regla general que prohíbe embargos sobre fondos de retiro, al establecer una excepción en casos donde no existan otros bienes disponibles. La Corte consideró que el interés superior de la niñez debe prevalecer sobre la protección del ahorro para el retiro, dado que la pensión alimenticia es un derecho básico de los menores.
Organizaciones de defensa infantil han celebrado la medida como un avance legal importante. Sin embargo, también ha generado preocupación entre algunos sectores que temen una flexibilización excesiva del acceso a fondos destinados para el retiro. La SCJN aclaró que esta decisión no es generalizada y que cada caso será evaluado de manera individual.